miércoles 13 de agosto de 2008

Orgasmo telefónico

Mi operador de móvil me envió hace unos días esta atenta carta:

"La normativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones le garantiza, entre otros, los siguientes derechos:

Los operadores deben disponer de un departamento de atención al cliente. ORANGE pone a su disposición para cualquier cuestión el teléfono de atención nº º1414 y la página web www.orange.es.

Si Vd. se ha dado de alta con nosotros telefónicamente, debe saber que tiene derecho a disponer de un contrato en el que figuren las condiciones que se le aplican. Si no lo ha recibido, puede solicitárnoslo a través de nuestro departamento de atención al cliente.

Vd. tiene derecho a darse de baja en cualquier momento de los servicios contratados. El único requisito es que nos lo comunique con quince días de antelación. Puede darse de baja a través de las siguientes vías:

  • Por fax, enviando un escrito con sus datos personales y número de teléfono al número de fax 912065308, adjuntando, además, copia de su DNI y el número de referencia de su baja que le será facilitado en el número de Atención al cliente 1414.

Una vez recibida su solicitud, se tramitará la baja en el plazo máximo de quince días.

ORANGE le comunicará con un mes de antelación cualquier modificación del contrato que tenga su causa en algunos de los motivos válidos que constan en él, como los precios. Si no está de acuerdo con las nuevas condiciones podrá resolver el contrato sin penalización.

Sólo para servicio telefónico: Vd. puede solicitar la restricción de las llamadas internacionales y a servicios de tarificación adicional (estas últimas son las dirigidas a los prefijos 803 -806 -807). Tras su petición, le activaremos la restricción en un plazo máximo de diez días, tras el cual será imposible acceder a este tipo de llamadas desde su teléfono, salvo que Vd. lo vuelva a solicitar. En relación con los servicios de tarificación adicional, si Vd. no está de acuerdo con su facturación, debe saber que si no paga la parte de la factura correspondiente a estos servicios no se le cortará el servicio telefónico, aunque sí el acceso a esos prefijos.

En caso de interrupción temporal del servicio, operador está obligado a indemnizarle al menos con una cantidad que se determina en función tanto del tiempo en que la línea estuvo interrumpida como de la media de consumo de los últimos tres meses. Si la cantidad resultante es superior a un euro, la compensación se realizará automáticamente en la siguiente factura.

Si Vd. tiene algún problema en su relación contractual, puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de atención al cliente que le indicará su número de queja. Con ese número puede presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Vd. puede contactar con la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través del número 901.33.66.99 o la web www.usuariosteleco.es. En ella le asesorarán sobre sus derechos y sobre la manera de presentar una reclamación si no obtiene respuesta satisfactoria por nuestra parte".

Menudo subidón da leer estas palabras... Como muy veterano usuario de las telecomunicaciones, las sucesivas empresas que he contratado han hecho conmigo, como cliente, lo que han querido. De todas formas, resulta verdaderamente penoso que esta iniciativa no surgiera de las propias compañías, sino que haya tenido que ser el Gobierno (mil gracias) el que les apretara las tuercas ante tanto tejemaneje y tomadura de pelo al consumidor. Ahora queda por comprobar si de la palabra al hecho...

2 comentarios:

Pues qué quieres que te diga, yo a este contrato le veo una pega: ¿qué hace falta para darte de alta? Una llamada de teléfono, ¿no? Pues debería bastar lo mismo para darte de baja. Aunque te lo hayan puesto por escrito, lo de los quince días me parece una tomadura de pelo, porque en cogerte por los mismos bien que se dan prisa, pero en soltarte...
Yo creía que la normativa especificaba que tenían que darse los mismos pasos para hacerte cliente que para dejar de serlo. Sigue pareciéndome un abuso.

13/8/08 7:05 PM  

Tienes razón, pero el avance ha sido significativo. He comprobado que el texto que me han enviado es el que figura en la norma reguladora. Más no van a comprometerse si no se les obliga. Ya se verá.

Un abrazo, escritora.

13/8/08 11:58 PM